Programa de desayunos escolares
La ConsejerÃa de Educación y Universidades, a través de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa por medio de sus diferentes programas y en colaboración
con la Dirección General de Salud Pública, detecta que un alto porcentaje del alumnado perteneciente a los centros enclavados en zonas desfavorecidas social y económicamente, asisten a su centro escolar sin desayunar y por tanto sin el aporte nutritivo suficiente para poder realizar diariamente la labor escolar. Teniendo en cuenta esta realidad se dará continuidad al Programa de Desayunos Escolares, con la finalidad de facilitar el desayuno al alumnado que se encuentra en esta situación. Se podrá beneficiar de este programa el alumnado matriculado en el curso escolar 2017/2018 en cualquier centro público de la Comunidad Autónoma de Canarias de Educación Infantil y/o Primaria, Educación Especial y alumnado de Enseñanza Secundaria Obligatoria cuyos ingresos familiares no excedan del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), teniendo en cuenta el número de personas que conforman la unidad familiar y que cumplan las condiciones establecidas en la Instrucción segunda. A tal fin, se dictan las presentes instrucciones para el desarrollo de la medida por parte de los centros educativos: Primera.- Los centros públicos que impartan durante el presente curso escolar Educación Infantil y/o Primaria, Educación Especial y alumnado de Enseñanza Secundaria Obligatoria, arbitrarán las medidas que consideren oportunas para trasladar al inicio del curso a todas las familias las caracterÃsticas y requisitos de esta medida, asà como el modelo de solicitud. Segunda.- Los ingresos de la unidad familiar de los beneficiarios de la subvención de desayunos escolares, no pueden exceder del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) establecidos en la Ley 11/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 (BOE Nº 253 de 31/12/2014), que para dicho año es de 6.390,13 €. A partir del cuarto miembro este lÃmite se incrementará en 1.600,00 euros por cada miembro computable adicional. Para acogerse a la medida, deberá justificarse que los ingresos totales de la unidad familiar, no superan las cantidades citadas en el párrafo anterior, además de alegar situación económica crÃtica, que deberá acreditarse aportando, al menos, alguno de los siguientes documentos: a) Certificado y/o informe de los servicios sociales municipales, en el que se refleje la situación socioeconómica actual de los miembros computables de la unidad familiar. b) Certificado y/o Informe de alguna organización no gubernamental legalmente reconocida, en el que se haga constar si los miembros computables de la unidad familiar reciben ayudas básicas, de forma regular. c) Certificado del Servicio Canario de Empleo en el que se hará constar la situación administrativa y laboral actual (ocupado o desempleado) y del Servicio Público de Empleo Estatal de ser o no beneficiario de una prestación o subsidio por desempleo y, en su caso, su cuantÃa, de los sustentadores principales. No será necesaria la presentación de dicho certificado en el centro
educativo cuando se haya autorizado a la ConsejerÃa de Educación y Universidades el acceso al Servicio Canario del Empleo y al Servicio Público de Empleo Estatal para su obtención. Se deberá cumplimentar el impreso de solicitud cuyo modelo se adjunta (Anexo I), y aportar la documentación que se indica en el mismo, presentándolo hasta el 26 de septiembre de 2017 en el propio centro. Toda la documentación aportada por las familias será custodiada por el centro educativo. En el caso de solicitar que se bareme el criterio de renta y la situación de desempleo para la admisión y subvención, será obligatorio realizar las oportunas autorizaciones a la ConsejerÃa de Educación y Universidades para el acceso a los datos correspondientes, en el propio modelo de solicitud. El alumnado solicitante que haya sido admitido al comedor en el curso escolar 2017/2018 como situación crÃtica (cuota cero), solo deberá presentar el impreso de solicitud del servicio de desayuno escolar.
Se deberá cumplimentar el impreso de solicitud cuyo modelo se adjunta (Anexo I), y aportar la documentación que se indica en el mismo, presentándolo hasta el 26 de septiembre de 2017 en el propio centro. Toda la documentación aportada por las familias será custodiada por el centro educativo.
Toda la documentación aportada por las familias será custodiada por el centro educativo.
El programa de desayunos escolares para alumnado de la ESO se iniciará el 2 de octubre de 2017.
Impreso solicitud en formato pdf --> Anexo I solicitud alumnos desayuno escolar
Información completa del programa --> Desayunos 2017-18 |